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Servicio web de evaluación de servidumbres aeronáuticas. (En desarrollo.)

Identifique su zona de interes, introduciendo la dirección postal o localizando el aeropuerto mas cercano y acercándose a su localización haciendo zoom, se puede conseguir calcular las posibles vulneraciones de las servidumbres aeronáuticas.

Cuando haya localizado su zona de interés, el programa le informará de la altitud máxima permitida para sus edificaciones, construcciones o plantaciones.

Paso 1.- Elección del aeropuerto que afecta a su actuación

Paso 2.- Localización de la zona de interés mediante la introducción de la dirección postal (pe. C/ Joaquín Costa 8, Madrid), directamente haciendo click sobre el mapa o, si conoce las coordenadas geográficas (latitud y longitud ETRS 89), haciendo uso de ellas (P.e.; 40.25,-3.12).

Paso 3.- Cuando conozca los resultados tiene varias opciones:

  1. Si la actuación no vulnera las servidumbres aeronáuticas no tendrá ningún problema para ser autorizado desde el punto de vista aeronáutico.
  2. Si la actuación vulnera las servidumbres aeronáuticas y está interesado en continuar con su proyecto tiene dos opciones:
  • Rebajar la altura de los elementos constitutivos de su actuación (aerogeneradores, chimeneas, pararrayos, grúas, etc…) para adaptarse a las servidumbres, o
  • Presentar un estudio aeronáutico de seguridad para demostrar que su actuación, aun vulnerando las servidumbres, no afecta a la operación de las aeronaves.

Si una vez que conoce la altitud máxima permitida necesita una medición de control de dicha altitud, o piensa que se puede acoger a las autorizaciones excepcionales dispuestas en el Artículo 33 del decreto 584/72, de 24 de febrero, de servidumbre aeronáuticas, acceda a ¿Quiénes somos? y contacte con nosotros para resolver sus dudas.

Disponible muy pronto¡¡¡